El Ejecutivo autorizó que el incremento de las tarifas de los servicios de agua potable y saneamiento se aplique de manera progresiva hasta diciembre de 2027, con el objetivo de atenuar el impacto económico en los hogares. La medida permite a las empresas prestadoras fraccionar el alza aprobada para el primer semestre de 2026 y establece la obligación de reportes mensuales a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass).
La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 002-2026-VIVIENDA, publicado en el diario oficial El Peruano, y está dirigida exclusivamente a los usuarios de la clase residencial.
Mecanismo de gradualidad
La norma regula un fraccionamiento excepcional del incremento tarifario aprobado en el marco del procedimiento de rebalanceo tarifario. Según el decreto, la medida busca otorgar facilidades de pago a los usuarios residenciales, permitiendo que el ajuste se distribuya en el tiempo y no se traslade de forma inmediata a los recibos.
De manera excepcional, las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento (EPS) podrán fraccionar el cobro del incremento correspondiente al primer semestre de 2026, con posibilidad de extender esta modalidad hasta diciembre de 2027.
No obstante, los usuarios residenciales que prefieran asumir el aumento sin fraccionamiento podrán solicitar la inaplicación de esta medida, a través de los canales de atención que cada EPS habilite para tal fin.
Supervisión y obligaciones de las EPS
El decreto supremo establece también obligaciones específicas para las EPS, que deberán informar mensualmente a la Sunass sobre la aplicación del fraccionamiento del incremento tarifario.
Los reportes deberán presentarse dentro de los primeros 15 días calendario de cada mes, lo que permitirá al ente regulador realizar el seguimiento y supervisión del cumplimiento de la medida, conforme al marco normativo vigente.
Usuarios no residenciales
En el caso de los usuarios de la clase no residencial, la norma precisa que estos podrán solicitar facilidades de pago directamente a la EPS que les brinda el servicio, de acuerdo con los mecanismos que cada empresa establezca.
El Decreto Supremo N.º 002-2026-VIVIENDA lleva la firma del presidente de la República, José Jerí, y cuenta con el refrendo del presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez Miranda, así como del ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Wilder Sifuentes Quilcate. La norma entra en vigencia a partir de su publicación oficial.
Consumo de agua en Lima: marcadas diferencias entre distritos
El consumo promedio de agua potable en Lima Metropolitana y el Callao alcanzó los 134 litros por persona al día en 2025, según un informe de la Sunass y la Red de Estudios para el Desarrollo (REDES). Aunque la cifra se mantiene por encima de los 100 litros diarios recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), evidencia una tendencia a la baja en la última década.
Entre 2016 y 2019, el consumo promedio fue de 151 litros diarios, lo que implica una reducción de 13 litros por persona en los últimos años.
El estudio revela importantes brechas entre distritos. Los niveles más altos de consumo se registran en zonas de Lima centro y Lima moderna, como San Isidro (227 litros diarios), La Molina (208), Miraflores (199), San Borja (181) y Santiago de Surco (179). En contraste, los consumos más bajos se observan en Mi Perú (102 litros), Puente Piedra (103), Ventanilla (103) y Carabayllo (104).
Estas diferencias están asociadas a factores socioeconómicos, al tamaño de los hogares, a la disponibilidad de equipamiento doméstico —como lavadoras— y al uso del agua en actividades no esenciales, como el riego de jardines.
La continuidad del servicio es otro factor determinante. De acuerdo con Sunass, solo 19 de los 46 distritos de Lima y Callao cuentan con agua potable las 24 horas del día, mientras que 11 distritos no superan las 18 horas de abastecimiento diario. En promedio, los hogares disponen de 21,6 horas de servicio al día, lo que limita el consumo en zonas con suministro intermitente y lo restringe principalmente a actividades básicas como la higiene, la alimentación y la limpieza.