Donald Trump y la presidenta encargada de Venezuela coincidieron en que el país aún no estaría preparado para celebrar elecciones en el corto plazo. Sin embargo, la Constitución venezolana establece plazos específicos para convocar a nuevos comicios ante una falta absoluta del mandatario.

¿Habrá elecciones presidenciales en Venezuela? Las recientes declaraciones de Donald Trump y Delcy Rodríguez apuntan a que no se celebrarán en el corto plazo, aunque ambos sostienen que eventualmente deberá haber un proceso electoral.

El presidente estadounidense afirmó este miércoles 2 de septiembre que Venezuela todavía “no está lista” para elegir a sus autoridades, mientras que Rodríguez aseguró que los comicios se realizarán “cuando corresponda”, pero evitó comprometerse con una fecha concreta.

Las declaraciones se produjeron el mismo día en que ambos países suscribieron un importante acuerdo petrolero, en un contexto de creciente acercamiento entre Washington y Caracas.

Trump: “Todavía no están listos”

Consultado en la Oficina Oval sobre por qué su Administración no exige una fecha concreta para las elecciones venezolanas, Trump respondió que considera que el país aún no está preparado.

“Creo que todavía no están listos”, afirmó el mandatario estadounidense, quien destacó además el desempeño de Rodríguez al frente del Gobierno venezolano.

Trump sostuvo que Washington quiere que se celebren elecciones y aseguró que Rodríguez también desea ese proceso, pero insistió en que primero deben darse las condiciones necesarias.

“Queremos eso. Ellos lo quieren, Delcy lo quiere, pero no están listos”, señaló.

El mandatario estadounidense añadió que su Gobierno considera que Venezuela se encuentra en una etapa de transición luego de la salida de Nicolás Maduro y que espera que el país pueda avanzar hacia un proceso electoral próximamente.

Rodríguez: “Habrá proceso electoral”

Casi al mismo tiempo, Rodríguez fue consultada sobre la renovación del poder Ejecutivo durante un acto relacionado con la firma del acuerdo petrolero entre Venezuela y Estados Unidos.

“He trabajado sin descanso para que Venezuela esté lista y preparada para cuando corresponda ir a su proceso electoral, que lo habrá, no tengas dudas de eso”, afirmó durante una comparecencia junto al secretario de Energía estadounidense, Chris Wright.

Sin embargo, evitó precisar cuándo se realizarían los comicios y remarcó que no le corresponde fijar una fecha.

“En Venezuela hay una Constitución y hay un sistema democrático previsto en la Constitución. Lo segundo es que yo no fijo fecha”, declaró, sin pronunciarse sobre una eventual convocatoria electoral en 2027.

El diálogo político avanza, pero no toca al poder electoral

Mientras tanto, el diálogo político entre la Asamblea Nacional presidida por Jorge Rodríguez, hermano de Delcy Rodríguez, y Dinorah Figuera, presidenta de la Asamblea Nacional elegida en 2015 y reconocida por el Gobierno de Trump, ha avanzado en algunos acuerdos institucionales.

Entre los temas abordados figuran la atención a los afectados por los terremotos del 24 de junio y una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, actualmente discutida en el Parlamento.

Sin embargo, hasta ahora el diálogo no ha contemplado la renovación del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuestionado por la proclamación de Nicolás Maduro como ganador de las elecciones del 28 de julio de 2024.

La oposición, por su parte, sostuvo que Edmundo González Urrutia obtuvo la victoria y presentó como respaldo el 80% de las actas electorales.

¿Qué dice la Constitución venezolana?

La situación plantea además una interrogante constitucional: ¿cuánto tiempo puede permanecer Rodríguez al frente del Gobierno sin convocar a elecciones?

La Constitución venezolana no contempla expresamente la figura de “presidente encargado”, sino mecanismos para afrontar la falta absoluta o temporal del jefe de Estado.

El artículo 233 establece que, si la falta absoluta del presidente ocurre durante los primeros cuatro años del período constitucional —que en Venezuela es de seis años—, debe convocarse a nuevas elecciones dentro de los 30 días siguientes a la declaración de dicha falta.

Un antecedente ocurrió tras la muerte de Hugo Chávez, quien falleció en marzo de 2013 antes de asumir formalmente el período presidencial 2013-2019. Nicolás Maduro, entonces vicepresidente, quedó al frente del Ejecutivo y posteriormente convocó a elecciones, celebradas en abril de ese año.

En el caso de Rodríguez, su llegada al poder se produjo cuando aún no había transcurrido un año del período presidencial 2025-2031 que correspondía a Maduro. Por ello, de acuerdo con el artículo 233, el escenario constitucional plantea la convocatoria de nuevas elecciones si se declara la falta absoluta del mandatario.

Por su parte, el artículo 234, referido a las faltas temporales, establece que el vicepresidente ejecutivo puede ejercer temporalmente las funciones presidenciales durante un período de hasta 90 días, prorrogable una sola vez por otros 90 días.

Ese plazo fue superado por Rodríguez a comienzos de julio. Sin embargo, la falta absoluta de Maduro no ha sido declarada por el Tribunal Supremo de Justicia, como contempla el artículo 233.

En su lugar, la Sala Constitucional del máximo tribunal emitió una sentencia en la que calificó la situación de Maduro como una “ausencia forzosa”, una figura que no aparece expresamente en la Constitución.

Este mecanismo ha permitido hasta ahora que Rodríguez continúe al frente del Gobierno sin activar formalmente el plazo constitucional para convocar elecciones ni el límite previsto para una ausencia temporal.

Una transición sin fecha electoral

Así, mientras Trump y Rodríguez coinciden en que habrá elecciones en Venezuela, ninguno ha establecido una fecha para su realización.

La principal incógnita sigue siendo si el proceso de transición conducido por Rodríguez terminará con una convocatoria electoral y, sobre todo, qué mecanismo constitucional se utilizará para definir los plazos y las condiciones de esos comicios.

Con información de EFE y medios locales.

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